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El agua en la mira del RIGI: comunidades de la Puna van a la Justicia contra mineras de litio y cobre

El desembarco de las primeras solicitudes de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) reactivó los focos de conflicto en Catamarca y San Juan. Comunidades originarias y asambleas ambientales presentaron recursos de amparo por el uso intensivo de acuíferos fósiles en la extracción de litio y cobre, mientras las corporaciones se aseguran estabilidad fiscal y libre disponibilidad de divisas por 30 años.

Salar y cordillera en la puna andina

IA: imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial.

La promesa de inversiones multimillonarias en la cordillera tiene una contracara que rara vez figura en los folletos de las ferias mineras internacionales: el agua dulce en zonas donde llueve menos de 100 milímetros al año.

En la cuenca del Salar del Hombre Muerto y en el Salar de Antofalla (Catamarca), así como en los valles de Iglesia y Calingasta (San Juan), la presión hídrica de los proyectos a gran escala desató una ola de presentaciones judiciales. Comunidades diaguitas y kollas denuncian que la extracción por evaporación y el procesamiento de minerales drenan millones de litros de agua dulce subterránea por día, secando vegas de altura y vegas de pastoreo de las que depende su supervivencia.


Los privilegios del RIGI: 30 años sin tocar un peso

El RIGI no es un régimen de fomento común: es un blindaje normativo sin precedentes en la historia argentina. Las corporaciones mineras que acceden al esquema gozan de:

  • Reducción de Ganancias al 25% y amortización acelerada de inversiones de capital.
  • Cero derechos de exportación (retenciones) a partir del segundo o tercer año de producción.
  • Libre disponibilidad del 100% de las divisas generadas por ventas en el exterior, sin obligación de liquidar un solo dólar en el Banco Central.
  • Importación de maquinaria e insumos con arancel cero, compitiendo de manera desleal con fabricantes y talleres metalmecánicos locales.

Diagrama: Qué se lleva la minería vs. qué le queda al país

Régimen de Grandes Inversiones (RIGI): Asimetría de beneficios para multinacionales extractivas versus costos socioambientales en las provincias.

La batalla judicial por la consulta previa

Frente a este escenario, asambleas ciudadanas y representantes de pueblos originarios recurrieron a la Justicia Federal invocando el Convenio 169 de la OIT (con jerarquía supralegal en la Argentina) y el Acuerdo de Escazú. Exigen la realización de Estudios de Impacto Ambiental Acumulativo que evalúen qué pasa cuando tres o cuatro proyectos operan en simultáneo sobre la misma cuenca subterránea.

En fallos anteriores, la Corte de Justicia de Catamarca ya había advertido que no se podían otorgar nuevos permisos sin evaluar el daño hídrico conjunto en el río Los Patos. Con el RIGI, las empresas pretenden saltar por encima de las regulaciones ambientales provinciales bajo el argumento de que el régimen nacional declara a las inversiones "de interés público prioritario".

Para seguir el mapa de los recursos estratégicos en disputa, revisá nuestro dossier de Soberanía y RIGI y la nota sobre canon minero y regalías en Catamarca y Jujuy.

El litio y el cobre no pueden extraerse a costa de transformar la Puna en un territorio sin agua ni vida. La soberanía no se defiende entregando los bienes comunes al mejor postor.


Fuentes

  • Boletín Oficial de la República Argentina — Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Régimen RIGI).
  • Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca — Causa "Comunidad Originaria Atacameños del Altiplano c/ Minera del Altiplano y Estado Provincial".
  • Organización Internacional del Trabajo (OIT) — Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales.
  • Instituto Nacional del Agua (INA) — Informes hidrogeológicos de cuencas cerradas en la Puna argentina.