Cerrojo a la información pública: el Decreto 780 desata el repudio unánime de FOPEA y ADEPA¶
Con una modificación por decreto a la Ley 27.275, el Poder Ejecutivo restringió qué datos pueden pedir los ciudadanos y habilitó a los funcionarios a rechazar solicitudes bajo criterios vagos de "vida privada". El periodismo y las organizaciones civiles salieron al cruce ante lo que consideran un blindaje a la opacidad oficial.
La transparencia dejó de ser una prioridad para transformarse en un trámite bajo sospecha. A través del Decreto 780/2024, el Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública y encendió todas las alarmas en las redacciones del país.
La norma recorta de cuajo el alcance de lo que el Estado considera "documento público":
- Exclusión de la esfera doméstica: deja afuera todo dato vinculado a la vida privada de los funcionarios, aunque involucre el uso de fondos del Estado o instalaciones oficiales como la Quinta de Olivos o la Casa Rosada.
- Fin del acceso a borradores: las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo y estudios preliminares quedan clasificados como secretos hasta que haya una decisión final.
- El filtro de la "buena fe": se introduce un examen subjetivo sobre las intenciones del solicitante, abriendo la puerta a sanciones o rechazos automáticos si el funcionario considera que el pedido es "abusivo".
Un decreto que pasa por encima de la ley del Congreso¶
¿Puede un decreto presidencial alterar el espíritu de una ley sancionada por el Congreso Nacional? La respuesta de los constitucionalistas es unánime: no.
La Ley 27.275, aprobada en 2016 con amplio consenso político, se basó en tres pilares que el nuevo decreto destruye:
- Máxima divulgación: toda la información en poder del Estado se presume pública, salvo excepciones expresas y taxativas.
- Principio in dubio pro petitor: en caso de duda, la ley obliga a entregar el dato.
- No exigencia de interés legítimo: ningún ciudadano tiene que explicar para qué quiere la información.
Qué cambió con el Decreto 780:
Antes (Ley 27.275) Ahora (Decreto 780)
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• Toda información es pública. • El funcionario define si afecta su "vida privada".
• Borradores y estudios accesibles. • Papeles de trabajo quedan bajo secreto.
• Cero justificación del pedido. • Se juzga la "buena fe" del ciudadano.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) y la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitieron comunicados conjuntos de máxima gravedad. Advirtieron que la medida busca amedrentar a cronistas e investigadores que auditan gastos de traslados, compras directas y designaciones de allegados en ministerios.
El peligro de consagrar el secreto de Estado¶
Más de 60 organizaciones de la sociedad civil —entre ellas el CELS, Poder Ciudadano, ACIJ y la Fundación Vía Libre— reclamaron la derogación inmediata del texto o su judicialización por inconstitucionalidad manifiesta.
El peligro no es teórico. Cuando un gobierno decide qué se puede preguntar y qué no, la corrupción florece en la sombra. Si los periodistas no pueden consultar quién entra a Olivos, cómo se adjudican los contratos o qué informes técnicos avalan un tarifazo, el control democrático desaparece.
Leé más sobre el retroceso en materia de garantías en nuestro dossier de Libertad de Expresión y en el informe sobre registro de ataques a periodistas.
La información pública no le pertenece a los gobernantes ni es un favor que conceden desde sus despachos: es de la ciudadanía que paga sus sueldos.
Fuentes
- Boletín Oficial de la República Argentina — Decreto 780/2024 reglamentario de la Ley 27.275.
- Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) — Comunicado oficial sobre el retroceso en el acceso a la información pública (septiembre 2024-2026).
- Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) — Declaración institucional en defensa del escrutinio ciudadano.
- Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Poder Ciudadano — Análisis jurídico sobre inconstitucionalidad del Decreto 780.